|
|
|
|
CONTROL GUBERNAMENTAL.
El esfuerzo realizado por el Organismo Superior de
Control, para controlar el adecuado manejo de los recursos
públicos se evidencia a través de los 1347 informes
aprobados. Número significativo que denota el esfuerzo, la
mística y dedicación demostrado por el personal.
|
|
| |
|
|
|
|
FUNCIONARIOS DE LA CONTRALORIA QUE CONFORMAN EQUIPOS DE
AUDITORIA EN DIFERENTES ENTIDADES. |
|
|
 |
|
 |
|
|
|
|
|
|
|
 |
|
 |
|
|
|
|
|
|
|
|
De los informes aprobados se destacan los exámenes
realizados a las siguientes entidades: |
|
|
AGENCIA DE GARANTIAS DE DEPOSITOS. |
|
|
|
|
Varias acciones
ha realizado la Contraloría a través de la DA1 en la
Agencia de Garantías de Depósitos. Entre ellas, el examen
especial a las operaciones administrativas y financieras
de la AGD por el período del 01-03-03 al 30-09-03,
determinándose que los procedimientos de calificación,
selección, negociación y adjudicación de contratos no
fueron cumplidos de conformidad con la ley, provocando un
perjuicio a la entidad, y en consecuencia a los
depositantes.
La Gerencia General de la AGD, favoreció al abogado
contratado, porque en contra de expresas disposiciones
legales y reglamentarias le concedió el contrato y
addendum. |
|
 |
|
|
Como
consecuencia del examen especial al proceso de
determinación y pago de la garantía de depósitos;
recaudación, uso y destino de los aportes del 6.5 por mil,
provenientes de las instituciones del sistema financiero,
la Contraloría determinó, entre las siguientes
observaciones: Los resultados de los procesos de
realización de activos de las IFI's en saneamiento y de la
AGD fueron poco significativos; 1.384 bienes se mantienen
pendientes de realización.
La DINAC realizó
reevalúo técnico de inmuebles subastados por la AGD, cuyos
resultados fueron inferiores a los establecidos por los
peritos avaluadores contratados por las IFI's.
Los expedientes de los juicios archivados por los jueces
de coactivas no contienen las liquidaciones económicas que
demuestren el pago total de las obligaciones, por lo que,
al confrontarse la cuantía de los juicios con la
información de los montos realmente recuperados, se
determinaron diferencias que no fueron justificadas.
El examen especial de Operaciones administrativas y
financieras por el período 01/03/03 al 15/08/03 determinó
entre otros hechos: No se ejecutaron acciones para la
enajenación de activos incautados de propiedad de la AGD,
cuyo valor asciende a US$ 3,256,979.94. La venta directa
de inmuebles a través de corredores no fue evaluada y
monitoreada, tampoco se renovaron los contratos. Durante
el período del examen la AGD ha cancelado acreencias a
3.178 clientes por US $26,713.776.15 quedando pendiente US
$ 842,873,774.50 de 455.485 clientes.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
PETROECUADOR |
|
|
|
|
SISTEMA DE
OLEODUCTO TRANSECUARIANO- SOTE
La acción de la Contraloría permitió realizar la
comparación entre los volúmenes de crudo facturados por la
Gerencia de Oleoducto, con los informes emitidos por la
Dirección Nacional de Hidrocarburos, correspondientes a la
Participación de las Compañías en la Producción
Fiscalizada, determinándose diferencias por US$364.574,20
en perjuicio del Estado, en el período 1999-01-01 al
2003-08-87
Se realizó también el examen especial al Registro de
Transferencias correspondientes a enero del 2001, como
cupos de diciembre de 2000 y la incidencia en el pago del
bono por gestión operativa o de producción de
Petroproducción, practicado por la DA3, que determinó,
entre otras observaciones, que no era procedente al pago
del bono por gestión.
La Auditoría de Gestión a los procesos de control de
comercialización de derivados de GLP en la Dirección de
Hidrocarburos, y el examen especial al contrato entre
Petroindustrial y la compañía DI.CHEM del Ecuador S.A.
para la provisión de 700 t.m. de catalizador para la
refinería de Esmeraldas. |
|

 |
|
|
Las fotografías
muestran varias de las inspecciones de trabajo realizadas
por funcionarios de la Dirección de Auditoría 3. Visitando
el campamento de REPSOL YPF, bloque 16. Personal
movilizándose desde el Coca a los campamentos de
producción petrolera. Inspeccionando el funcionamiento de
la estación de bombeo en la cabecera del oleoducto. |
|
|
|
|
|
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MILITAR |
|
|
|
|
Dentro de un
Examen Integral practicado a la Corte de Justicia Militar,
por la Dirección de Auditoría 1, determinó, entre otras
observaciones que los jueces de instrucción incumplen las
disposiciones pertinentes en cuanto a la conclusión de los
sumarios, por lo que las diligencias, en algunos casos,
han demorado hasta cuatro años 11 meses. Revisados los
expedientes de casos similares, se han emitido
resoluciones diferentes, además se observaron
pronunciamientos que no están escritos en la Ley. La
Justicia Militar ejerce su jurisdicción aplicando
disposiciones desactualizadas que se contraponen a normas
constitucionales y legales vigentes. Las remuneraciones de
los Ministros jueces y del personal de la Corte de
Justicia Militar son superiores a la Escala de sueldos de
la Corte Suprema de Justicia, contrariando la Ley Orgánica
de las Fuerzas Armadas. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CORPORACION ADUANERA ECUATORIANA |
|
|
|
|
La labor de
control cumplida por la Contraloría en el sector Aduanero
ha sido permanente e intensa, cuyos resultados se reflejan
en 120 informes con indicios de responsabilidad penal,
como consecuencia del examen especial practicado por la
Dirección de Control de Ingresos, a los procesos de
determinación, recaudación, depósito y registros de los
ingresos por importación de mercaderías ingresadas a
través de las empresas curier de la Gerencia Distrital de
Aduana de Quito. |
|
 |
|
|
|
|
|
PACIFICTEL |
|
|
|
|
La Auditoría de
Gestión practicada a las Áreas Operativa, Administrativa y
Financiera de Pacifictel al 30 de septiembre del 2003,
demuestra que PACIFICTEL se encuentra sumida en grave
crisis de corrupción con denuncias en las adquisiciones de
bienes y servicios. Un efecto financiero negativo agravado
por las pérdidas ocasionadas por los llamados by pass que
estarían causando perjuicio económico de 60 millones de
dólares anuales.
La institución no cuenta con un Plan Estratégico, planes
operativos ni indicadores de gestión que orienten el
cumplimiento de la misión institucional. Tiene
disponibilidad de líneas, sin embargo la facturación es
reducida. No se ha realizado un seguimiento de las
categorizaciones a través de la Gerencia de Facturación,
lo que ha impedido que se ingrese a la Empresa US
491.496,66 y se sobrefacture US$ 348.959 por consumo de
servicio telefónico. La Empresa pagó 2’388.793 por multas
a la Superintendencia de Telecomunicaciones por no cumplir
con el contrato de concesión. |
|
 |
|
|
|
|
|
ANDINATEL |
|
|
|
|
Como
consecuencia del examen a las áreas operativa,
administrativa y financiera de Andinatel S.A. al 30 de
septiembre del 2003, cuyo informe se aprobó el 16 de junio
de este año 2004, se demostró que los Convenios de
Interconexión suscritos entre ANDINATEL S.A. y las
Empresas de Telefonía Móvil celular, no fueron los más
ventajosos para la Empresa, para el país y para los
usuarios. Por recomendación de auditoría la entidad ha
procedido a regular el subsidio de consumo de los usuarios
correspondientes a las categorías A y B. Estas
rectificaciones significaron para la empresa
aproximadamente 5 millones de dólares y se estima un
incremento de 36 millones de dólares anuales, cuando
concluya el proceso de recategorización total sugerido por
la Contraloría. |
|
 |
|
|
|
|
|
TAME |
|
|
|
|
Como
consecuencia del examen a TAME, se determinó, entre otras
observaciones, que la normativa para la concesión de
pases, pases anuales vitalicios, tarjetas vip a favor de
parientes, funcionarios y ex funcionarios se aparta de las
normas de la Ley de TAME. A la sala VIP ingresaron 1860
personas que no son familiares o invitadas de una tarjeta
habiente, sin cancelar el valor correspondiente, por lo
que la institución dejó de percibir importantes valores
Se concedió préstamos por US$ 2’250.000 abusando de los
recursos de la entidad y ocasionando perjuicio económico. |
|
 |
|
|
|
|
|
MUNICIPIO DE MUISNE |
|
|
|
|
Uno de los
exámenes realizado por la Contraloría a las operaciones
administrativas y financieras que incluye control de obras
de la I. Municipalidad del Cantón Muisne, por el periodo
entre el 1 de abril del 2003 y 29 de febrero del 2004,
detectó que el Alcalde, Vicealcalde y Tesorero Municipal,
se giraron cheques a su nombre, de las cuentas corrientes
que el I. Municipio mantiene en los bancos del Pichincha y
de Fomento, aduciendo que con recursos de su propiedad han
realizado gastos inherentes a las actividades y objetivos
de la Municipalidad. La Contraloría evidenció que no se
ingresaron a bodega los supuestos bienes, ni se comprobó
el uso y destino de los mismos.
Se pagó por limpieza de calles, avenidas, playas y
desbroce de caminos vecinales sin dejar constancia de la
necesidad de esas obras ni del trabajo ejecutado. Se
determinó un perjuicio superior a los 700 mil dólares. |
|
 |
|
|
|
|
|
|
|
Visítenos en
www.contraloria.gov.ec |
|
|
|
|
|